Retrato imaginario del Fundador de Zipaquirá,
Licenciado Luis Enríquez, que se
encuentra en el salón del Concejo Municipal.
LA FUNDACIÓN DE ZIPAQUIRÁ, TUVO LUGAR EL 18 DE JULIO DE 1600, POR EL LICENCIADO LUIS ENRÍQUEZ, EN SU CALIDAD DE OIDOR DE LA REAL AUDIENCIA DE SANTAFÉ, QUIEN LE ENCARGÓ LLEVAR A CABO UNA VISITA GENERAL A LOS TERRITORIOS DE SU JURISDICCIÓN.
EN DESARROLLO DE SU VISITA Y EN CUMPLIMIENTO DE LA POLÍTICA ESTABLECIDA DESDE MEDIADOS DEL SIGLO XVI POR LA CORONA ESPAÑOLA, DE FUNDAR Y CONGREGAR PUEBLOS DE INDIOS, LUIS ENRÍQUEZ FUNDA EN LA FECHA ARRIBA CITADA, EL PUEBLO DE INDIOS DE ZIPAQUIRÁ.
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Primera hoja del acta de fundación de Zipaquirá. |
EN EL ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN, SECCIÓN COLONIA - VISITAS DE CUNDINAMARCA TOMO 13, REPOSA EL ACTA DE FUNDACIÓN DE ZIPAQUIRÁ, CUYO CONTENIDO ES EL SIGUIENTE:
"En el pueblo y repartimiento de
Cipaquirá de la encomienda de Francisco de Ortega, jurisdicción de la ciudad de
Santafé, a diez y ocho días del mes de julio mil seiscientos años el señor
Licenciado Luis Enríquez del Consejo del Rey Nuestro Señor su Oidor en la Real Audiencia deste Reino y
Visitador General de dicho Partido y los demás de sus comisiones y del Partido
de Tunja, dijo que en conformidad de lo que Su Majestad tiene mandado por sus
cédulas reales y por la comisión particular que tiene el señor Doctor Francisco
de Sande, Caballero del hábito de Santiago del Consejo del Rey Nuestro Señor,
su Presidente Gobernador y Capitán General del Reino su merced ha hecho la
información y los demás autos y diligencias que la han parecido convenir sobre
los convenientes que puedan resultar de la poblazón de los indios de Cipaquirá,
Suatiba, Tenemequira y Gotaque de las encomienda de Don Francisco de Ortega que
tendría trescientos cincuenta indios útiles; y los pueblos de Cogua, Nemeza y
Peza de la encomienda de Juan de Silva Collantes que serán ciento y sesenta
indios útiles, y visto por vista de ojos los asientos y sitios deste dicho
pueblo de Cipaquirá e informándose del aprovechamiento que tienen con las
salinas dél y así mismo está informado que Don Juan de Olmos tiene en
encomienda otros cincuenta indios en el pueblo de Pacho, junto con los que allí
tiene el dicho Francisco de Ortega, y así mismo están en el pueblo de Tibitó de
la encomienda del dicho Juan de Olmos otros cincuenta indios, y otro capitanejo
con otros ocho indios que tiene en encomienda Juan Roldan en el páramo que
llaman Yayta, todo los cuales dichos pueblos les parece cosa conveniente y
necesaria que se pueblen juntos y excusar los inconvenientes que resultan de estas
apartados en diversas poblazones, y estando juntos y congregados en un sitio
poblados con plaza, calles y orden y política vivirá con buena orden, por tanto
mandaba y mandó que en el sitio do sumerced estuvo ayer dicho día en un llano
que esta por bajo del dicho pueblo de Cipaquirá en una rinconada como se va a
Cogua en la parte que sumerced mandó medir la iglesia de cincuenta varas de
largo y doce de ancho y medio cuadrar la plaza por delante de cien varas en
cuadro; se haga la iglesia por la forma, traza y modelo que se ordenará y aún
lado de la dicha iglesia se haga la casa del padre doctrinero con veinte y
cinco varas en cuadro y al otro lado se pueble el Cacique en la misma
forma y a la redonda de la plaza se
sitúen las casa de los capitanes del dicho pueblo de Cipaquirá y a ellos y a
los demás indios se les señalen sus casas en línea recta con veinte varas en
cuadro de sitio para sus casas, corrales y las calles queden limpias y
deserbadas de seis varas de ancho entre cada ochenta varas en cuadro y en esta
forma se han de poblar los pueblos de Cipaquirá, Suatiba, Tenemequira, Gotaque
del valle de Pacho de la encomienda del dicho Francisco de Ortega y por esta
orden y al dicho sitio se han de recoger y poblar los pueblos de Cogua, Nemeza
y Peza de la encomienda del dicho Juan de Silva Collantes con sus familias; y
así mismo los pueblos de Pacho y Tibitó del dicho Juan de Olmos con todos sus
sujetos y así mismo los indios del dicho Juan Roldán acomodándose todos en el
dicho sitio y asiento dividiéndose y poblándose cada pueblo de por sí con
distinción calle en medio por sus capitanías donde se ha de hacer la dicha
iglesia de mampostería por la traza que se dará, y entre tanto se hará una
ramada donde se diga misa con los ornamentos de los mismos encomenderos que han
tenido y tienen las dicha iglesias. Para todo lo cual está informado que Pedro
de Herrera es persona que lo pondrá en ejecución y lo cumplirá, al cual
nombraba y nombró para el dicho efecto
para que lo haga, cumpla y ejecute compeliendo y apremiando a todos los
caciques, capitanes e indios de los pueblos, de suso declarados a que vengan a
poblarse al dicho sitio en la forma arriba contenida, sacándolos de cualesquier
quebradas y partes donde estuvieren, apremiándolos a ello por todo rigor y a
los que fueren rebeldes les quemará sus casas y bohíos sacando primero lo que
tuvieren dentro, persuadiéndoles a los indios que han de vivir juntos por ser
lo que más les conviene, y poblándose por la orden dicha se les reservan sus
tierras y labranzas viviendo y asistiendo de ordinario en el dicho pueblo nuevo
y acudiendo a la misa y doctrina los domingos y fiestas sin consentir que
ninguno esté poblado con su casa y ranchería fuera de la dicha poblazon so
color de que que hace labranzas sino es el dicho nuevo sitio, lo cual hará por
su persona ayudándole para esto Luis Gutiérrez, vecino y Regidor de la ciudad
de Santafé, administrador de las salinas desde dicho pueblo de Cipaquirá en
todo lo posible, y porque sumerced es informado que algunos de los indios que
se han de poblar en el dicho sitio están apartados y divididos en tierras
ásperas y fragosas, le da facultad al dicho Pedro de Herrera para que nombre
las personas de cuidado y diligencia que conviniere para que con vara de la
real justicia le ayuden a la dicha poblazon. Y porque en este dicho pueblo de
Cipaquirá están las salinas del puestas en la Corona Real y se administran
por Su Majestad y los indios deste dicho pueblo son los que acuden al beneficio
della para traer la leña y las demás cosas y los indios del pueblo de Cogua son
los que hacen las ollas y gachas y otras vasijas para hacer la dicha sal, mando
al dicho Pedro de Herrera que los primeros pueblos que se comenzaren a poblar
en el dicho nuevo sitio sean los de los pueblos de Cipaquirá y Cogua y los
demás del dicho Francisco de Ortega y luégo los demás procurando y advirtiendo
que para que no cese el beneficio y administración de la dicha sal se dé orden
como en tanto que se puebla una capitanía acuda otra al dicho ministerio de
forma que no cese su beneficio y por esta orden se ha de hacer con los demás.
En todo lo cual ha de tener muy gran cuidado y diligencia, la cual dicha
poblazon ha de hacer dentro de cincuenta días por ahora y en cada uno ha de
haber dos pesos de oro de veinte quilates y se le pagarán de donde y como a
sumerced pareciere que para todo ello le da comisión en forma cuan bastante de
derecho se requiera con vara de la real justicia. Y a los que fueren rebeldes
los habrá de llevar a do su merced estuviere con la razón de su rebeldía
llevándolos presos para que sean castigados conforme a su culpa. Y así lo mando
y firmó. Licenciado LUIS HENRIQUEZ. Ante mí Rodrigo Zapata”.
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