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Carpeta emisión postal Departamentos de Colombia: Cundinamarca puesta en circulación el 16 de julio de 2013 con ocasión de la conmemoración del Bicentenario de la Independencia de Cundinamarca |
DECLARACIÓN DE INDEPENDENCIA DE CUNDINAMARCA
<<D. ANTONIO NARIÑO, TENIENTE GENERAL Y PRESIDENTE DEL ESTADO DE
CUNDINAMARCA>>
Hago
saber a todos los vecinos estantes y habitantes en esta ciudad, y en toda la
comprensión del Estado, que en diez y seis del corriente ha sancionado y
decretado el Serenísimo Colegio Electoral y Revisor la siguiente declaración de
independencia:
Nos, los representantes del pueblo de
Cundinamarca, legítima y legalmente congregados para tratar y resolver lo
concerniente a su felicidad, habiendo tomado en consideración el importante
punto de su era ya llegado el caso de proclamar solemnemente nuestra absoluta y
entera independencia de la corona y gobierno de España, por la emancipación en
que naturalmente hemos quedado después de los acontecimientos y disolución de
la Península y gobierno de que dependíamos, habiendo tenido largas y maduras
discusiones en que se trajeron a colación las antiguas obligaciones que por
solmenes juramentos nos unían a la madre patria, los que nuevamente se habían
hecho, el espacio de tres años en que nos hemos mantenido en un estado de
expectación y de neutralidad respecto a los sucesos de la España europea; y
finalmente la necesidad en que nos ponía de deliberar y tomar un partido activo
la aproximación de tropas mandadas por el Gobierno de España y a nombre de un
rey que en el dilatado tiempo de cinco años no se sabe haya hecho el menor
esfuerzo para salvar la España de los males que la abruman, y mucho menos para
librar la América de correr igual suerte, hemos
DECRETADO:
Que en atención a que por
haber los reyes de España desamparado la nación pasándose a un país extranjero;
a la abdicación que sucesivamente hicieron de la corona renunciando el padre en
el hijo, éste luego en el padre y ambos en Napoleón Bonaparte; a la ocupación
por las tropas francesas de la mayor parte de la Península, en donde ya tienen
un rey de la misma nación, las Américas se han visto en la precisión de proveer
a su seguridad interior, dándose un gobierno provisional, entretanto que con el
transcurso del tiempo y el curso de los sucesos deliberaban el partido
definitivo que debía tomar, y que habiendo pasado ya el tiempo de tres años sin
que esta moderada conducta les haya valido para que los españoles peninsulares,
desconociendo en América los mismos principios que ellos han proclamado en
Europa, no sólo hayan dejado de molestarles, sino que, declarándoles una guerra
abierta, los han tratado por todas partes como a insurgentes, armando al
hermano contra el hermano, al ciudadano contra el ciudadano, al padre contra el
hijo, confiscando sus bienes, derramando por todas partes la consternación y
manchando el suelo americano con la sangre de los mismos españoles americanos y
europeos, que debieran haberse conservado para derramarla contra cualquier nación
extranjera que quisiera privarnos de los derechos que nos eran comunes, y a que
estos males se acercan ya sobre la Provincia de Cundinamarca, que no sólo no
había hecho un formal desconocimiento del Rey Fernando, sino que era el asilo
de cuentos españoles europeos se veían perseguidos en otras partes, y a lo
impolítico y bárbaro que sería seguir en el mismo estado, y a la aproximación
de tropas enemigas mandadas por españoles que violando la santidad del
juramento, vienen a atacarnos en nombre de un rey y de una nación que en el
orden político ya no existe.
En
atención también al peligro que corre nuestra santa y adorable religión si
permanecemos más tiempo en este estado, tanto por el riesgo que el finalizarse
la conquista de España por los franceses nos quisieran éstos obligar a
reconocer la dependencia del Rey José Bonaparte, o la de trasladarnos a América
al Rey Fernando, imbuido ya en sus máximas, y quizás rodeado de ministros y
tropas francesas, como por la falta bien sensible que en el día se nota de
pastores eclesiásticos, no habiendo quedado en toda la Nueva Granada un solo
Arzobispo que pueda ejercer las funciones de su ministerio, cuya falta nos iría
insensiblemente reduciendo a la nulidad de ministros que prediquen el
Evangelio, administren los Sacramentos y atiendan a la conservación y aumento
de la Religión; y que por lo mismo es de absoluta necesidad el que saliendo del
estado de pupilaje, nos pongamos de acuerdo con las otras provincias que han
hecho o hagan igual declaratoria en el de poder ocurrir al Padre Santo solicitando el remedio
que cada día se hace más urgente.
En consecuencia de todo esto, y en
atención, finalmente, al derecho incontestable e imprescriptible que tienen
todos los pueblos de la tierra de proveer a su seguridad y de darse la forma de
Gobierno que crean más conveniente a labrar su felicidad, nosotros los
representantes del pueblo de Cundinamarca, usando de este derecho y compelidos
a adelantar este paso por los esfuerzos de nuestros impolíticos y crueles
opresores; declaramos y publicamos solemnemente, en nombre del pueblo, en
presencia del Supremo Sér, y bajo los auspicios de la Inmaculada Concepción de
María Santísima, patrona nuestra, que de
hoy en adelante Cundinamarca es un Estado libre e independiente, que queda
separado para siempre de la corona y gobierno de España y de toda otra
autoridad que no emane inmediatamente del pueblo o de sus representantes; que
toda unión política de dependencia con la Metrópoli está rota enteramente; y
que como Estado libre e independiente tiene plena autoridad de hacer la guerra,
concluir la paz, contraer alianzas, establecer el comercio y hacer todos los
otros actos que puedan y tienen derecho de hacer los estados independientes.
Y llenos de la más firme confianza en el Supremo Juez que conoce la rectitud y
justicia de nuestros procedimientos, nos obligamos al sostenimiento de esta
declaratoria con nuestras vidas, nuestros bienes y nuestro honor, que después
del solemne juramento que prestamos nos es lo más sagrado sobre la tierra.
Santafé de Bogotá, a diez y seis días
del mes de julio de mil ochocientos trece.
MANUEL
BERNARDO ALVAREZ, Presidente.- JOSE DE LEYVA, Designado. – JOSE IGNACIO
SANMIGUEL, Vicepresidente. – Juan Bautista
Pey, José Domingo Araos, Fernando Caicedo, Pablo Plata, Fray Juan Antonio
Buenaventura y Castillo, Fray Santiago Páez y León, Juan Agustín Matallana Fray
Diego Antonio de la Rosa, Luis Eduardo de Azuola, Luis Ayala, José María
Carbonell, José Sanz de Santamaría, José María Chacón, Lorenzo Ley, Pantaleón
Gutiérrez, Manuel de Santacruz, Pedro Núñez, Ramón Calvo, José Ortega, Antonio
Patiño de Haro, Rafael Araque Ponce de León, Fernando Rodríguez, Ignacio
Calderón, Vicente Santamaría, Tomás Barriga y Brito, Santiago de Vargas, José
María Domínguez de la Rocha, Tomás Gómez de Cos, Antonio Viana, Miguel José
Montalvo, Jerónimo de Mendoza y Galavis, Manuel María Alvarez Lozano, José
Antonio de Torres y Peña, Vicente Antonio Benavides, José Antonio Castro, José
Arrubla, Enrique Umaña, Victorino Ronderos, Juan Martínez Malo, Bernardo Pardo,
Juan Zalamea, Pedro Ronderos, Secretario,
José María Hinestrosa.
Y mando a todos los tribunales,
corporaciones de todas clases y estados, jueces y demás ciudadanos de la
comprensión del Estado de Cundinamarca, la tengan y hayan por publicada,
obedezcan y cumplan la citada resolución; pasando el día de mañana en que
celebramos el aniversario de nuestra transformación política al salón del mismo
Colegio, a prestar el juramento las corporaciones y tribunales de la
Representación Nacional, el Cívico, Cabildo eclesiástico, gobernadores del
arzobispado, prelados de las comunidades y jefes militares; debiendo hacerlos sucesivamente
los demás ciudadanos ante el Cabildo y demás jueces que se señalarán; bajo la
pena de que el que se negare a prestarlo quedará despojado de los derechos de
ciudadano, y no podrá obtener ningún beneficio ni empleo público, quedando
privados de los que en el día obtuvieron y saliendo de la provincia los que,
además de no jurar, manifestaren desaprobar esta medida necesaria y saludable,
pero sujetos a la pena capital los que atacándola trastornaren el orden
público.
Publíquese por bando con las
solemnidades prevenidas, en toda la extensión del Estado, imprímase y fíjese en
los lugares acostumbrados.
Dado en el Palacio de Gobierno de
Santafé, a diez y nueve de julio de mil ochocientos trece.
ANTONIO
NARIÑO
Por
orden de S.E.
Juan José Mutiens,
Secretario >>.
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Emisión postal Departamento de Cundinamarca 16 de julio de 2013 |
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