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domingo, 22 de febrero de 2015

ACTA DE FUNDACIÓN DE ZIPAQUIRÁ


Retrato imaginario del Fundador de Zipaquirá, 
Licenciado Luis Enríquez, que se 
encuentra en el salón del Concejo Municipal.  


LA FUNDACIÓN DE ZIPAQUIRÁ, TUVO LUGAR EL 18 DE JULIO DE 1600, POR EL LICENCIADO LUIS ENRÍQUEZ, EN SU CALIDAD DE OIDOR DE LA REAL AUDIENCIA DE SANTAFÉ, QUIEN LE ENCARGÓ LLEVAR A CABO UNA VISITA GENERAL A LOS TERRITORIOS DE SU JURISDICCIÓN. 

EN DESARROLLO DE SU VISITA Y EN CUMPLIMIENTO DE LA POLÍTICA ESTABLECIDA DESDE MEDIADOS DEL SIGLO XVI POR LA CORONA ESPAÑOLA, DE FUNDAR Y CONGREGAR PUEBLOS DE INDIOS, LUIS ENRÍQUEZ FUNDA EN LA FECHA ARRIBA CITADA, EL PUEBLO DE INDIOS DE ZIPAQUIRÁ.  



Primera hoja del acta de fundación de Zipaquirá.


EN EL ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN, SECCIÓN COLONIA - VISITAS DE CUNDINAMARCA TOMO 13, REPOSA EL ACTA DE FUNDACIÓN DE ZIPAQUIRÁ, CUYO CONTENIDO ES EL SIGUIENTE:  


"En el pueblo y repartimiento de Cipaquirá de la encomienda de Francisco de Ortega, jurisdicción de la ciudad de Santafé, a diez y ocho días del mes de julio mil seiscientos años el señor Licenciado Luis Enríquez del Consejo del Rey Nuestro Señor su Oidor en la Real Audiencia deste Reino y Visitador General de dicho Partido y los demás de sus comisiones y del Partido de Tunja, dijo que en conformidad de lo que Su Majestad tiene mandado por sus cédulas reales y por la comisión particular que tiene el señor Doctor Francisco de Sande, Caballero del hábito de Santiago del Consejo del Rey Nuestro Señor, su Presidente Gobernador y Capitán General del Reino su merced ha hecho la información y los demás autos y diligencias que la han parecido convenir sobre los convenientes que puedan resultar de la poblazón de los indios de Cipaquirá, Suatiba, Tenemequira y Gotaque de las encomienda de Don Francisco de Ortega que tendría trescientos cincuenta indios útiles; y los pueblos de Cogua, Nemeza y Peza de la encomienda de Juan de Silva Collantes que serán ciento y sesenta indios útiles, y visto por vista de ojos los asientos y sitios deste dicho pueblo de Cipaquirá e informándose del aprovechamiento que tienen con las salinas dél y así mismo está informado que Don Juan de Olmos tiene en encomienda otros cincuenta indios en el pueblo de Pacho, junto con los que allí tiene el dicho Francisco de Ortega, y así mismo están en el pueblo de Tibitó de la encomienda del dicho Juan de Olmos otros cincuenta indios, y otro capitanejo con otros ocho indios que tiene en encomienda Juan Roldan en el páramo que llaman Yayta, todo los cuales dichos pueblos les parece cosa conveniente y necesaria que se pueblen juntos y excusar los inconvenientes que resultan de estas apartados en diversas poblazones, y estando juntos y congregados en un sitio poblados con plaza, calles y orden y política vivirá con buena orden, por tanto mandaba y mandó que en el sitio do sumerced estuvo ayer dicho día en un llano que esta por bajo del dicho pueblo de Cipaquirá en una rinconada como se va a Cogua en la parte que sumerced mandó medir la iglesia de cincuenta varas de largo y doce de ancho y medio cuadrar la plaza por delante de cien varas en cuadro; se haga la iglesia por la forma, traza y modelo que se ordenará y aún lado de la dicha iglesia se haga la casa del padre doctrinero con veinte y cinco varas en cuadro y al otro lado se pueble el Cacique en la misma forma  y a la redonda de la plaza se sitúen las casa de los capitanes del dicho pueblo de Cipaquirá y a ellos y a los demás indios se les señalen sus casas en línea recta con veinte varas en cuadro de sitio para sus casas, corrales y las calles queden limpias y deserbadas de seis varas de ancho entre cada ochenta varas en cuadro y en esta forma se han de poblar los pueblos de Cipaquirá, Suatiba, Tenemequira, Gotaque del valle de Pacho de la encomienda del dicho Francisco de Ortega y por esta orden y al dicho sitio se han de recoger y poblar los pueblos de Cogua, Nemeza y Peza de la encomienda del dicho Juan de Silva Collantes con sus familias; y así mismo los pueblos de Pacho y Tibitó del dicho Juan de Olmos con todos sus sujetos y así mismo los indios del dicho Juan Roldán acomodándose todos en el dicho sitio y asiento dividiéndose y poblándose cada pueblo de por sí con distinción calle en medio por sus capitanías donde se ha de hacer la dicha iglesia de mampostería por la traza que se dará, y entre tanto se hará una ramada donde se diga misa con los ornamentos de los mismos encomenderos que han tenido y tienen las dicha iglesias. Para todo lo cual está informado que Pedro de Herrera es persona que lo pondrá en ejecución y lo cumplirá, al cual nombraba y nombró para el dicho  efecto para que lo haga, cumpla y ejecute compeliendo y apremiando a todos los caciques, capitanes e indios de los pueblos, de suso declarados a que vengan a poblarse al dicho sitio en la forma arriba contenida, sacándolos de cualesquier quebradas y partes donde estuvieren, apremiándolos a ello por todo rigor y a los que fueren rebeldes les quemará sus casas y bohíos sacando primero lo que tuvieren dentro, persuadiéndoles a los indios que han de vivir juntos por ser lo que más les conviene, y poblándose por la orden dicha se les reservan sus tierras y labranzas viviendo y asistiendo de ordinario en el dicho pueblo nuevo y acudiendo a la misa y doctrina los domingos y fiestas sin consentir que ninguno esté poblado con su casa y ranchería fuera de la dicha poblazon so color de que que hace labranzas sino es el dicho nuevo sitio, lo cual hará por su persona ayudándole para esto Luis Gutiérrez, vecino y Regidor de la ciudad de Santafé, administrador de las salinas desde dicho pueblo de Cipaquirá en todo lo posible, y porque sumerced es informado que algunos de los indios que se han de poblar en el dicho sitio están apartados y divididos en tierras ásperas y fragosas, le da facultad al dicho Pedro de Herrera para que nombre las personas de cuidado y diligencia que conviniere para que con vara de la real justicia le ayuden a la dicha poblazon. Y porque en este dicho pueblo de Cipaquirá están las salinas del puestas en la Corona Real y se administran por Su Majestad y los indios deste dicho pueblo son los que acuden al beneficio della para traer la leña y las demás cosas y los indios del pueblo de Cogua son los que hacen las ollas y gachas y otras vasijas para hacer la dicha sal, mando al dicho Pedro de Herrera que los primeros pueblos que se comenzaren a poblar en el dicho nuevo sitio sean los de los pueblos de Cipaquirá y Cogua y los demás del dicho Francisco de Ortega y luégo los demás procurando y advirtiendo que para que no cese el beneficio y administración de la dicha sal se dé orden como en tanto que se puebla una capitanía acuda otra al dicho ministerio de forma que no cese su beneficio y por esta orden se ha de hacer con los demás. En todo lo cual ha de tener muy gran cuidado y diligencia, la cual dicha poblazon ha de hacer dentro de cincuenta días por ahora y en cada uno ha de haber dos pesos de oro de veinte quilates y se le pagarán de donde y como a sumerced pareciere que para todo ello le da comisión en forma cuan bastante de derecho se requiera con vara de la real justicia. Y a los que fueren rebeldes los habrá de llevar a do su merced estuviere con la razón de su rebeldía llevándolos presos para que sean castigados conforme a su culpa. Y así lo mando y firmó. Licenciado LUIS HENRIQUEZ. Ante mí Rodrigo Zapata”.     


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